Pedro Rocha ha mandado un escrito de recusaci�n a los siguientes miembros del Tribunal Administrativo del Deporte. Una denuncia que tambi�n ha sido enviada al Consejo Superior de Deportes.
- D�a. Marina Porta Serrano.
- D. Jaime Caravaca Font�n.
- D. Guillermo de Blas Bados.
- D. Francisco de Miguel Pajuelo.
- D�a. Eva Mar�a Fern�ndez Cifuentes. - D�a. Pilar Ju�rez P�rez.
- D. Alfonso Ramos de Molins.
La recusaci�n a la que alude el art. 24 de la Ley 40/2015, es el derecho del interesado en un procedimiento administrativo a solicitar y obtener la separaci�n de �l del funcionario o autoridad que debiendo intervenir en �l, incurre en algunas de las causas legales de abstenci�n, especialmente conflicto de intereses.
La recusaci�n es com�n a todos los �rdenes procesales judiciales y a la v�a administrativa, por lo que la mayor�a de la jurisprudencia en relaci�n con los primeros es de aplicaci�n a los segundos, con una importante diferencia: la recusaci�n procesal ha de hacerse cuando se tenga la primera noticia por el interesado de la causa de recusaci�n, so pena de resultar extempor�nea; por el contrario, la que se produce en el procedimiento administrativo (como aqu� ocurre) se puede realizar en cualquier momento.
Rocha solicita al TAD que tenga por presentado este escrito, lo admita y, con suspensi�n del presente procedimiento, de curso a las recusaciones planteadas elevando las misma a la Comisi�n Directiva del CSD, a fin de que, previos los tr�mites legales oportunos resuelva las recusaciones planteadas, estim�ndolas y proceda a la designaci�n de nuevos miembros del TAD para resolver el presente procedimiento, con anulaci�n de todo lo actuado hasta la fecha y retroacci�n de todo lo actuado al momento inmediatamente anterior a dictarse el acuerdo de incoaci�n.